A solo dos días de que entrara en vigor el nuevo semáforo epidemiológico por COVID en México, Jalisco ha anunciado que vuelve a cerrar actividades al implementar el «Botón de Emergencia».
Así, a partir del 30 de octubre quedan prohibidas actividades económicas, culturales, religiosas, recreativas y deportivas en un horario de siete de la noche a seis de la mañana de lunes a jueves. Las mismas actividades se restringen prácticamente todo el fin de semana: de las siete de la noche del viernes hasta las seis de la mañana del lunes.
Las actividades consideradas no esenciales que deberán suspenderse en los horarios mencionados son:
- Actividades económicas comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles
- Talleres mecánicos y refaccionarias
- Plazas, centros y corredores comerciales
- Tiendas de autoservicio, clubes de precio y tiendas departamentales
- Mercado públicos y tianguis
- Oficinas corporativas
- Actividades culturales, recreativas y deportivas
- Unidades deportivas y bosques urbanos
- Actividades y ceremonias religiosas
- Reuniones de más de 10 personas
- Eventos sociales privados
- Servicio de plataforma de transporte, de acuerdo con el apartado correspondiente
Las actividades que podrán operar con normalidad son:
- Servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos
- Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias
- Tiendas de conveniencia y abarrotes, con restricción de horario, pues deben cerrar a las siete de la noche
- Industria y su operación logística
- Servicios de seguridad públicos y privados
- Equipos de auxilio y protección civil
- Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados
- Servicio postal, paquetería y mensajería
- Gasolineras
- Ajustadores de compañías aseguradores
- Servicios de taxis (no plataforma)
- Restaurantes, únicamente con servicio a domicilio
- Hoteles, sin actividad en áreas comunes
- Servicios funerarios
- Transporte público, con restricciones de horario
- Aeropuertos y terminales de autobuses, con restricciones comerciales respectivas
