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Se informa a la opinión pública que se obtuvo sentencia condenatoria dentro de la causa de

control 508/2025, en contra de Víctor Eladio Torres Ortiz, quien reconoció su responsabilidad

penal por el delito de despojo cometido el pasado 27 de marzo de 2025, en agravio de Mariana

Santana Alfaro, Ma. Carlota Alfaro Quintana y Eduardo Santana Alfaro.

Como resultado de dicho reconocimiento, el órgano jurisdiccional impuso una pena de 6 años de

prisión, conforme a la legislación aplicable.

El procedimiento abreviado permitió una resolución pronta y eficaz del conflicto penal,

garantizando el acceso a la justicia para las víctimas y asegurando la imposición de una sanción

proporcional a la conducta desplegada.

Como parte del procedimiento y en reconocimiento expreso de los hechos, el sentenciado emitió

la siguiente:

DISCULPA PÚBLICA

Yo, Víctor Eladio Torres Ortiz, de manera libre y voluntaria, ofrezco una disculpa pública a la

ciudadana Mariana Santana Alfaro, por los hechos relacionados con la ocupación indebida del

inmueble de su propiedad, conducta que reconozco constituyó el delito de despojo.

Reconozco expresamente haber intervenido, junto con otras personas, en la ocupación indebida

del inmueble ubicado en la Unidad Habitacional Ex Hacienda de Guadalupe, en el municipio de

Chalco, Estado de México, en fecha 27 de marzo de 2025, afectando con ello los derechos de

posesión y propiedad de Mariana Santana Alfaro.

Asumo la responsabilidad que me corresponde por estos hechos y manifiesto mi compromiso de

actuar en lo sucesivo con respeto a la ley, a la propiedad y a los derechos de terceros.

De igual manera, me comprometo de manera expresa a no repetir conductas similares,

absteniéndome de realizar cualquier acto que implique ocupación, perturbación de la posesión o

afectación al patrimonio de Mariana Santana Alfaro. Reconozco que es un delito que en la

actualidad afecta gravemente el orden y la tranquilidad en la sociedad, por ello, es que pido

perdón por mi comportamiento y no tengo inconveniente alguno en que esta disculpa sea

difundida a través de los diversos medios de comunicación, con la finalidad de que las personas

sepan que pueden encontrar justicia en las instituciones.

La presente disculpa pública se emite como forma de reparación moral y garantía de no

repetición, con el propósito de contribuir a la solución del conflicto conforme a derecho.

Víctor Eladio Torres Ortiz