La flamante consejera Jurídica de la Presidencia de la República, Luisa María Alcalde, fue la encargada de presentar ayer los Lineamientos generales para la protección de los derechos de las audiencias en los que el gobierno tiene la batuta. Un tema con el que había amenazado Claudia Sheinbaum con presentar una vez que acabara la marea de felicidad que inundó a los aficionados y no, al Futbol durante el Mundial.
En aquella alegría, muchos no parecieron hacer caso o lo dejaron para después, pero al fin llegó la fecha fatal y de acuerdo a lo declarado por la señora Alcalde, la consulta sobre estos lineamientos arrancó ayer para concluir el 21 de agosto, o sea, durará menos de un mes, sin embargo, los interesados podrán participar a través de la página portal.crt.gob.mx/consultapublica, y estamos hablando de audiencias, concesionarios, academia y organizaciones civiles.
Esta errada y llamada cuarta transformación bordea el campo de la censura, por más que prometa y hasta jure lo contrario, sobre todo cuando dice aquello de que “el derecho a la información veraz es un derecho constitucional del pueblo de México” y además, el gobierno se vuelve juez y parte en este tema, ya que no se cuenta con un órgano independiente para regular el asunto.
Asimismo, si nos atenemos a los resultados de otras consultas sobre temas delicados organizadas por esta errada y llamada cuarta transformación que han sido de forma presencial, el oficialismo se ha encargado de poner trabas y obstáculos para que aquellos que no estén de acuerdo, de plano se les impida participar. Ahí está el caso del famoso Plan “C”, que finalmente impuso el antecesor y mentor de la presidenta, Andrés Manuel López Obrador; la reforma judicial, -que ahora es criticada desde el gobierno de Estados Unidos como basada en el acordeón-, y tantas otras iniciativas, así que, ¿qué se puede esperar de esta consulta?
Aun así, Sheinbaum Pardo señaló en su gustadísima mañanera que: “la consulta pública que se está emitiendo es tanto para las empresas que se dedican a la telecomunicación, como para las personas, para que todos podamos participar en la definición de estos lineamientos, desde quienes tienen una radio comunitaria hasta las grandes empresas o la ciudadanía en general”. ¿Será?
LA LEY DE LA TRAMPA
Alcalde Luján estableció los derechos de las audiencias establecidos en la ley y que serían: Recibir información veraz y oportuna. No difundir información falsa, descontextualizada o información histórica como si fuera actual. Distinguir entre información noticiosa y opinión
También, garantizar la distinción entre noticia y opinión por medio de menciones, mensajes en pantalla, cortinillas o plecas. Distinguir entre publicidad y contenido. Asegurar la diferencia entre publicidad y contenido a través de menciones, mensajes en pantalla o plecas. Derecho de réplica y audiencias con discapacidad
“El medio debe garantizar la distinción entre noticia y opinión por medio de menciones, mensajes en pantalla o cortinillas o plecas. No tratar de engañar a la audiencia, decir esto es una opinión o esto es una noticia. Ambas cosas se valen, pero hay que aclarar de qué se trata”, aseguró la consejera jurídica.
Habría que recordar que desde hace 12 años en México las radiodifusoras y canales de televisión operan con defensor de la audiencia que son nombrados por cada una de las empresas.
Uno de los problemas es que ni los radiodifusores ni la audiencia se ha interesado mucho en esta figura. Sin embargo, eso no le da derecho a esta errada y llamada cuarta transformación ahora en su segundo piso para cometer esta que a todas luces es una arbitrariedad.
Al momento, la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión, (CIRT), busca dar un posicionamiento conjunto pero como antecedente está que reconoce que el propio gobierno se otorga discrecionalidad, además de que reconoce que son endebles los argumentos de esta errada y llamada cuarta transformación para sacar adelante dichos lineamientos.
Finalmente, vale la pena destacar la posición de la CIRT, que considera que:
“Los Lineamientos son aún ambiguos y dan lugar a discrecionalidad por el gobierno. El Proyecto permite a al gobierno definir que es información falsa o descontextualizada. Desvirtuando los mecanismos de autorregulación y anulando al defensor de las audiencias quien queda como subordinado a la autoridad.
Las sanciones por cada supuesta ‘falta’ informativa son en exceso elevadas, hasta el 1% de los ingresos anuales acumulados de cada concesionario y/o programador. Esto, cuando la ley de la materia sólo impone multas en dos supuestos: no designar defensor de audiencias; y, no emitir códigos de ética. Con ello se pretenden imponer sanciones al margen de la ley.
Se pretende establecer un ‘recurso de inconformidad’ a través del cual el gobierno podrá revisar todas las decisiones de los defensores de las audiencias. Con ello, el gobierno terminará decidiendo qué contenidos, incluidos informativos, se pueden transmitir y cuáles no.
Por último, los lineamientos deben aclarar que no está permitida la presentación de quejas anónimas. Delo contrario, se puede prestar a mecanismos de presión contra comunicadores y periodistas a través de la presentación de quejas falsas y/o artificiales”.