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A solo dos días de que entrara en vigor el nuevo semáforo epidemiológico por COVID en México, Jalisco ha anunciado que vuelve a cerrar actividades al implementar el «Botón de Emergencia».

Así, a partir del 30 de octubre quedan prohibidas actividades económicas, culturales, religiosas, recreativas y deportivas en un horario de siete de la noche a seis de la mañana de lunes a jueves. Las mismas actividades se restringen prácticamente todo el fin de semana: de las siete de la noche del viernes hasta las seis de la mañana del lunes.

Las actividades consideradas no esenciales que deberán suspenderse en los horarios mencionados son:

  • Actividades económicas comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles
  • Talleres mecánicos y refaccionarias
  • Plazas, centros y corredores comerciales
  • Tiendas de autoservicio, clubes de precio y tiendas departamentales
  • Mercado públicos y tianguis
  • Oficinas corporativas
  • Actividades culturales, recreativas y deportivas
  • Unidades deportivas y bosques urbanos
  • Actividades y ceremonias religiosas
  • Reuniones de más de 10 personas
  • Eventos sociales privados
  • Servicio de plataforma de transporte, de acuerdo con el apartado correspondiente

Las actividades que podrán operar con normalidad son:

  • Servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos
  • Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias
  • Tiendas de conveniencia y abarrotes, con restricción de horario, pues deben cerrar a las siete de la noche
  • Industria y su operación logística
  • Servicios de seguridad públicos y privados
  • Equipos de auxilio y protección civil
  • Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados
  • Servicio postal, paquetería y mensajería
  • Gasolineras
  • Ajustadores de compañías aseguradores
  • Servicios de taxis (no plataforma)
  • Restaurantes, únicamente con servicio a domicilio
  • Hoteles, sin actividad en áreas comunes
  • Servicios funerarios
  • Transporte público, con restricciones de horario
  • Aeropuertos y terminales de autobuses, con restricciones comerciales respectivas